SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0868/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0868/2014

Fecha: 08-May-2014

Es decir, que el derecho a la defensa se extienda: i) Al derecho a ser escuchado en el proceso; ii) Al derecho a presentar prueba; iii) Al derecho a hacer uso de los recursos; y, iv) Al derecho a la observancia de los requisitos de cada instancia procesal…”

Conforme las normas y la jurisprudencia constitucional citada, el derecho a la defensa, es un derecho fundamental y una garantía jurisdiccional de la persona, definida como la potestad inviolable del individuo a ser escuchado en un juicio, presentando las pruebas que estime por conveniente en su descargo y haciendo uso de los recursos que la ley le franquea, observando el conjunto de requisitos de cada instancia procesal.