SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0868/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0868/2014

Fecha: 08-May-2014

i)

Víctor Hugo Ortiz Cortez. Por medio de su abogado en audiencia, manifestó lo siguiente: i) La parcela de terreno de 29 509,90 m2, la adquirió el año 1995, luego lo inscribió en la oficina de DD.RR.; después de dos años, dichos terrenos fueron asaltados por miembros activos y pasivos de la Policía Nacional, contra quienes se inició un proceso de mejor derecho de propiedad, nulidad de documentos de propiedad y daños y perjuicios, el que concluyó, con Sentencia de 29 de mayo de 1998, que declaró probada la demanda, consolidándolo como único dueño, nulo y sin valor el título de Julio Espinoza Tavel, ordenando su cancelación en el registro de DD.RR., ejecutoriada como fue la misma, el Juez que conoció el proceso ministró posesión real y corporal judicial el 16 de octubre de 1998; ii) En 1999, por acción de los policías perdidosos, la parcela de terreno de su propiedad fue loteado por más de ciento veinte personas, motivo por el que, formalizó denuncia y querella penal por el delito de despojo, la misma que no prosperó, al mismo tiempo formalizó demanda ordinaria de mejor derecho propietario, reivindicación, desocupación y entrega de la parcela de terreno, en la que se dictó Sentencia el 6 de marzo de 2003, declarando probada la demanda y ordenándose a los demandados desocupen y entreguen la parcela de terreno; ejecutoriado como fue la misma, Roxana Saucedo Landívar -hoy accionante-, se apersonó y presentó incidente de oposición al mandamiento de desapoderamiento, sin tomar en cuenta que la Sentencia tenía ya la autoridad de cosa juzgada, y que su ejecución no podía ser suspendida por ningún recurso ordinario ni extraordinario menos el de compulsa; y, ii) La accionante, lo que pretende es impedir la ejecución de la sentencia.