SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0929/2014
Fecha: 15-May-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante, a través de sus representantes, señaló la lesión de sus derechos a la vivienda, a la salud, a la vida, al trabajo, al uso de servicios básicos de agua potable y electricidad, a la “seguridad jurídica”, a la inviolabilidad del lugar de trabajo, a un debido proceso, a la defensa, a la petición, a la información y a dedicarse al comercio y/o actividad económica, por cuanto las autoridades municipales clausuraron la actividad económica que desempeña por no contar con licencia de funcionamiento, pese a que inició el trámite para la obtención del mismo, gestión que no fue concluida por negligencia de los servidores públicos de la Comunidad Molle; por otra parte denuncian que los propietarios del edificio ejercieron medidas de hecho al haberle cortado el suministro de los servicios básicos de agua potable y energía eléctrica.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 5
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional frente a las vías de hecho
- III.2. Jurisprudencia reiterada sobre la legitimación activa
- acredite debidamente su legitimación activa;
- sino demostrando ser el agraviado directo por la autoridad o particular recurrido,
- legítima ocupante y poseedora
- CONFIRMAR