Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0945/2014
Fecha: 23-May-2014
II.1.
II.1. Cursa acta de audiencia pública de aplicación de medida cautelar de 8 de noviembre de 2013 (fs. 41 a 42 vta.) y Resolución de la misma fecha, por la cual Diego Roca Saucedo, Juez Segundo de Instrucción en lo Penal en suplencia legal, ordenó la detención preventiva de Gelber Guzmán Nay y Jesús Cadena Condori -ahora accionantes- en la “Cárcel Pública de Villa Busch” (sic), concediendo “…la apelación planteada por la defensa de ambos imputados, debiendo remitirse actuaciones originales en el plazo de ley” (sic) (fs. 43 a 44 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3.Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.2. Legitimación pasiva de funcionarios subalternos
- 1)
- III.3.1. Respecto de la actuación de los Vocales demandados
- III.3.2. Respecto de la actuación del Juez codemandado
- III.3.3. Respecto del Secretario Abogado codemandado
- CONFIRMAR en parte