SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0974/2014
Fecha: 28-May-2014
Fragmento 14
Habiendo determinado en el Fundamento Jurídico anterior, que la inaplicabilidad de las reglas de la subsidiariedad excepcional que rige a esta garantía constitucional, es únicamente aplicable tratándose de menores de edad infractores, comprendidos entre los doce a dieciséis años de edad; siendo por ende exigible el agotamiento de las vías ordinarias de defensa, en los casos en que se hallen involucrados menores de edad imputables, como en la situación presente, en la que el accionante, contaba con más de dieciséis años a momento de la comisión del supuesto ilícito de robo y de la interposición de la presente acción de tutela; corresponde efectuar las siguientes consideraciones jurisprudenciales, al centrarse los supuestos actos ilegales denunciados, en la presunta aprehensión ilegal que hubiere sufrido por parte de funcionarios policiales.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- Fragmento 3
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y ámbito de protección de la acción de libertad: presuntamente de activación
- Fragmento 11
- no es aplicable a los supuestos en los que menores de dieciséis años, considerados menores infractores, se vean involucrados en la presunta comisión de delitos
- III.3. Posibilidad de reclamar los actos del Ministerio Público o de la Policía ante el juez cautelar al constar informe de inicio de investigación en los plazos establecidos en el Código de Procedimiento Penal, a fin de dar cumplimiento a la subsidiariedad excepcional que identifica a la acción de libertad
- Fragmento 14
- la subsidiariedad opera únicamente en los asuntos en los que conste inicio de investigación
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR