Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0152/2014-RCA
Fecha: 20-Jun-2014
I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
Señalan que dichas actuaciones, transgredieron sus derechos al debido proceso, el derecho a la defensa, a la justicia plural, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones, a la petición, a una liquidación de haberes de forma justa, equitativa y satisfactoria; y, a la irrenunciabilidad de los derechos de los trabajadores, citando al efecto los arts. 24, 46.I, 48.III y 115.II de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- I.4. Resolución del Tribunal de garantías
- improcedencia
- Fragmento 7
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata
- en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada
- a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación y
- II.3.
- II.4. Cumplimiento de los requisitos de admisión