SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1041/2014
Fecha: 09-Jun-2014
II.1.1.
II.1.1. La Resolución 138/12, emitida por el Tribunal de garantías, concedió la tutela solicita al accionante y dispuso se deje sin efecto el Auto Supremo 54 y se emita nueva resolución debidamente fundamentada resolviendo en recurso de casación en el fondo y en la forma, con los siguientes argumentos, pertinentes al problema jurídico de este nuevo amparo:
“En el caso de Autos, ante la denuncia de vulneración a normas de orden público, en aplicación de los Arts. 90 y 252 del C.P.C más aún cuando se encontraba en debate las reglas de competencia de las Autoridades que conocieron el proceso civil, respecto a que el predio objeto de la litis, era terreno agrario, tal como estableció la otra Magistrada suscribiente del fallo que fue de voto disidente, determinada la obligación de las autoridades accionadas en cumplimiento de las disposiciones señaladas a ingresar a resolver cada uno de los motivos cuestionados en el recurso de casación en la forma”(sic) (fs. 52 a 59).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- II.1.
- II.1.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La improcedencia de la acción de amparo constitucional para pedir a través de otra acción de defensa el cumplimiento de una resolución de amparo: la eficacia de la cosa juzgada constitucional como fundamento.
- III.2. Análisis del caso concreto
- respecto a la competencia en razón de materia
- CONFIRMAR