Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1066/2014
Fecha: 10-Jun-2014
II.4.
II.4. Según la certificación de 2 de abril de 2009, se establece que el afiliado Eduardo Felipe Rivero Román, efectuó un aporte total de ocho años y seis meses a la empresa de Banco de la Nación Argentina, por seguro de invalidez, vejez y muerte, observándose que respecto a los periodos 10/77 a 04/88 no se certificó, por no estar el mencionado asegurado, en el estudio matemático actuarial (fs. 109).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III
- III.2. Sobre el derecho al debido proceso
- .
- III.2.1. Sobre la fundamentación y motivación de las resoluciones como componente del debido proceso
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo