Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1120/2014
Fecha: 10-Jun-2014
I.2.3. Intervención de la tercera interesada
Juan Eustaquio Zubieta representante legal de Benigna Vera Vda. de Soto, tercera interesada, mediante memorial de 28 de noviembre de 2013, cursante a fs. 114 y vta., refirió que la acción sólo se interpuso contra los Vocales de la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, existiendo -conforme a la jurisprudencia constitucional- falta de legitimación pasiva.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Derecho al debido proceso
- III.2.
- CONFIRMAR