Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1120/2014
Fecha: 10-Jun-2014
II.8.
II.8. Por Auto de Vista 197/2013, los Vocales, ahora demandados, resuelven el recurso de apelación interpuesto por el hoy accionante, contra el Auto de 12 de noviembre de 2010, cuya parte resolutiva determina confirmar el fallo apelado, y al no ser recurrible la Resolución, determinan la devolución de obrados al Juzgado de origen (fs. 77 a 78).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Derecho al debido proceso
- III.2.
- CONFIRMAR