SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1146/2014
Fecha: 10-Jun-2014
denegó
La Sala Civil Comercial y Familiar Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 502/2013 de 18 de octubre, cursante de fs. 252 a 254, denegó la tutela, con el argumento de que la Sentencia Agroambiental impugnada, advierte en su contenido las razones de la decisión asumida respecto a la demanda contencioso administrativa de una manera debidamente fundamentada y motivada en base a elementos mínimos de razonabilidad, sin incurrir en incoherencia o impertinencia entre la parte dispositiva y el fundamento esencial del fallo, lo que desvirtúa las alegaciones de la parte accionante respecto a la lesión al debido proceso en su elemento de una debida fundamentación y motivación del fallo judicial; asimismo, de la demanda formulada en la presente acción tutelar, se observa que la parte accionante, no ha establecido el nexo de causalidad entre los supuestos derechos vulnerados y los hechos que acusa de incorrectos; en consecuencia, y siendo que, por otra parte, los principios acusados de infringidos, no pueden ser tutelados mediante la acción de amparo constitucional que solo tutela derechos, corresponde denegar la tutela.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- Juanito Félix Tapia García, Director Nacional a.i. del INRA,
- denegó
- I.3. Trámite Procesal en el Tribual Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional.
- III.2. En cuanto al debido proceso y su configuración
- i)
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1. Actuaciones de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierra (ABT)
- III.3.2. Actuaciones del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA)
- ABT
- INRA
- 1º REVOCAR