SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1156/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1156/2014

Fecha: 10-Jun-2014

Fragmento 19

           La Constitución Política del Estado en su art. 50 estipula que: “ El Estado, mediante tribunales y organismos administrativos especializados, resolverá todos los conflictos emergentes de las relaciones laborales entre empleadores y trabajadores, incluidos los de la seguridad industrial y los de la seguridad social”, de esa forma se otorga al Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social, constituido por las Jefaturas Departamentales y Regionales del Trabajo, como una de sus atribuciones el de conocer las solicitudes de reincorporación en casos de despidos injustificados.