SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1156/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1156/2014

Fecha: 10-Jun-2014

Fragmento 36

           Si bien, cursa certificación del actual Presidente del CONALAB, codemandado, en el que se señala que desde mayo de 2013, se suprimió el ítem de Secretaria de Cámara, y que por tal motivo, sería justificado su despido, esta Sala, no adquiere suficiente convicción sobre ese extremo, toda vez que cursa en antecedente, una nota presentada el 1 de julio de 2013, por Marcelo Arrazola Weise, ex Presidente del CONALAB, quien solicito a través de la misma a Silvia Salame Farjat, Presidenta del ICACH, la designación entre su personal, de un empleado que temporalmente atienda la recepción de documentos, mientras la Sala Plena de dicho Tribunal haga conocer el nombre de la nueva funcionaria, tomando en cuenta la acefalía en el cargo de Secretaria de Cámara del Tribunal Nacional de Honor del CONALAB, y con el fin de no causar perjuicios administrativos, evidenciándose que la referida nota, hasta la fecha no se hubiera suprimido o anulado el ítem de Secretaria de Cámara, sino por el contrario existía una acefalía en el mismo, además se advierte que este no fue el motivo para el despido de la accionante, sino la carta de 17 de abril de 2013, emitida por el ex Presidente del Colegio Nacional de Abogados, por lo que de ser cierto lo alegado, ese motivo debió ser el señalado en la nota de destitución que se hizo llegar a la accionante, además habiendo una impugnación, no se le hizo conocer de la supresión del mencionado ítem. En este entendido, al ser cierta la existencia de un despido ilegal e injustificado y por ende la vulneración del derecho al trabajo y consecuentemente la infracción del derecho a la estabilidad laboral de María Eugenia Téllez.