Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1195/2014
Fecha: 10-Jun-2014
II.5.
II.5. Mediante Escritura Pública 313/2010 de 7 de junio, de minuta de transferencia de lote de terreno urbano, que celebra Ernesto Castedo Román en favor de Esperanza Zeballos Condori, lote de terreno que se encuentra ubicado en la zona sud-oeste, Barrio Santa Bárbara, con una extensión de 420 m2, impuestos pagados a la Alcaldía Municipal de Puerto Quijarro, registrado en DD.RR bajo el Folio Real 7.14.2.01.0000851, Asiento 2, de 1 de julio de 2010 (fs. 34 a 38 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- c) Carga de la prueba debe ser cumplida por el peticionante de tutela
- c) referido a la regla general, tiene la carga probatoria específica de acreditar su titularidad o dominialidad del bien en relación al cual se ejerció vías de hecho , aspecto demostrado con el registro de propiedad en mérito del cual se genera el derecho de oponibilidad frente a terceros, es decir, no puede exigirse al peticionante de tutela ninguna otra carga procesal adicional”
- III
- III.3. Análisis del caso concreto
- i)
- 1º REVOCAR
- 2º