Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1196/2014
Fecha: 10-Jun-2014
II.6.
II.6. Por memorial presentada el 8 de noviembre de 2013, el accionante solicitò se reconsidere su reincorporación (fs. 19 y vta.). En respuesta, por nota de 13 de noviembre de 2013, el Alcalde Municipal demandado, hizo conocer al accionante, que según la Ley 2341 de Procedimiento Administrativo, no es viable lo solicitado (fs. 20 a 21).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- sino también de las personas individuales o colectivas que restrinjan o amenacen restringir los derechos y garantías objeto de su protección
- El derecho a la vida del nuevo ser
- Fragmento 13
- Derecho al Trabajo
- Derecho a la Salud
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.3. Análisis del caso concreto
- goza indefectiblemente de inamovilidad laboral
- CONFIRMAR