SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1242/2014
Fecha: 16-Jun-2014
Fragmento 15
De los antecedentes procesales se constata que el accionante, cuestiona la vulneración de sus derechos fundamentales dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público por la presunta comisión de los delitos de falsedad material, ideológica y uso de instrumento falsificado, toda vez que planteó excepción de prejudicialidad que fue declarada improbada por el Juez Tercero de Instrucción en lo Penal, determinación contra la que interpuso apelación incidental, instancia en la cual la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró admisible el recurso e improcedente la apelación incidental, mediante Resolución 111 de 20 de junio de 2013, decisiones judiciales -a su criterio- carentes de la debida fundamentación, motivación y valoración probatoria, ineludibles que debe contener toda resolución judicial.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2.Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- III
- III.3. El debido proceso y la fundamentación y motivación de las resoluciones
- Fragmento 15
- III.4.1. Auto 84/2012 de 17 de octubre
- III.4.2.
- denegado
- CONFIRMAR