SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1242/2014
Fecha: 16-Jun-2014
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
El accionante, alega la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la defensa, igualdad, presunción de inocencia en su vertiente a la impugnación y “seguridad jurídica”, toda vez que dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la parte querellante en su contra y otros, por la presunta comisión de los delitos de falsedad material, ideológica y uso de instrumento falsificado, presentó excepción de prejudicialidad que fue rechazada por el Juez Tercero de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz por Auto 84/2012 de 17 de octubre, contra el que interpuso apelación, instancia en la cual la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto de Vista 111 de 20 de junio de 2013, declarando admisible e improcedente el recurso de apelación; resoluciones que carecen de la debida fundamentación, motivación y valoración de pruebas, habiéndose limitado a recopilar partes del proceso haciendo hincapié en que no procede ni las pruebas son fehacientes para sustentar el recurso de prejudicialidad ya que el juicio civil por mejor derecho de propiedad no arrojará elementos para paralizar o dejar sin efecto el proceso penal.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2.Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- III
- III.3. El debido proceso y la fundamentación y motivación de las resoluciones
- Fragmento 15
- III.4.1. Auto 84/2012 de 17 de octubre
- III.4.2.
- denegado
- CONFIRMAR