Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1291/2014
Fecha: 23-Jun-2014
6°
6° Disponer que por Secretaría General del Tribunal Constitucional Plurinacional, se ponga la presente Sentencia Constitucional Plurinacional a conocimiento de los Tribunales Departamentales de Justicia, Comandante General de la Policía Boliviana, y Salas de este Tribunal, para que asuman la reconducción de la línea jurisprudencial contenida en el Fundamento Jurídico III.2. de este fallo.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La legitimación pasiva en la acción de libertad
- III.2. Sobre el arresto policial por conductas que no están tipificadas como delitos
- Prevenir los delitos, faltas, contravenciones
- el Tribunal Constitucional ha reconocido a la Policía su facultad para imponer sanciones de arresto, dentro de los marcos establecidos por la Constitución y las leyes.
- se encuentra condicionada a que exista orden escrita, que se trate de supuestos de flagrancia y que además sea evidente la alteración del orden público, o que la medida sea adoptada a fin de prevenir mayores consecuencias.
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1. Con relación al Gerente de la entidad financiera codemandado
- III.3.2. En cuanto al Comandante
- REVOCAR en parte
- 6°