SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1291/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1291/2014

Fecha: 23-Jun-2014

a)

Elvis Antezana Miranda, Comandante Departamental de la Policía de Tarija, mediante informe escrito, presentado el 27 de diciembre de 2013, cursante a fs. 18 y vta., manifestó que: a) En ningún momento ordenó el allanamiento al domicilio particular de Anita Barriga Vallejos, para sacar algunos muebles como ser la máquina de coser y bordadora, peor aún el arresto y/o la detención de Cecilio y Filemón Torrico Barriga -ahora accionantes-; respaldándose en los antecedentes que adjuntó a la presente acción de libertad, y en el memorial donde la representante de los accionantes no fundamentó su participación activa en los hechos denunciados; b) Indicó además, que José Miguel Saldaña Mullicundo, Comandante de la EPI “2”, elevó el informe elaborado por Modesto Flores Cruz, funcionario policial de esa Institución, más el informe de intervención policial preventiva de acción directa, cuyos documentos fueron presentados en Secretaría de ese despacho el 27 de diciembre de 2013 a horas 15:05; y, c) Finalmente indica que a horas 10:45 de la fecha referida, se le notificó con la acción de libertad, y a horas 15:05, recibió el informe de la EPI “2”.