SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1314/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1314/2014

Fecha: 30-Jun-2014

a)

El abogado de los accionantes, se ratificó in extenso en los fundamentos de su demanda, manifestando lo siguiente: a) La presente acción de amparo constitucional, se avoca principalmente a determinar la vulneración del derecho a una resolución fundamentada y motivada; b) La exigencia de verificación de la prueba, para establecer si el tribunal inferior ha procedido de acuerdo a normas y sin vulnerar derechos constitucionales; y, c) En el memorial de casación se hizo referencia a la indebida, mala interpretación y aplicación de los alcances del art. 485 del Código Civil (CC),”…e interpretación errónea del art. 169 de la C.P.E. de 1967 reformada en el 2004…” (sic), en concordancia con los arts. 41.I y II de la Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria (LSNRA), y el 490 del CC; denuncias que no fueron respondidas por las Magistradas de la Sala Primera del Tribunal Agroambiental.

Las terceras interesadas, presentaron informe escrito cursante de fs. 1026 a 1032 vta., y en audiencia por intermedio de su abogado, señalaron que: a) No existe relación de causalidad entre los hechos denunciados y los derechos supuestamente vulnerados; b) Los accionantes mencionan que se habría admitido prueba documental fuera de los plazos previstos por ley, en ninguna parte de su memorial citan cual sería esa prueba que aparentemente fue recepcionada fuera de plazo, simplemente se limitan a enunciar de que existe este supuesto hecho ilegal, sin identificar las pruebas; y, c) Sobre la falta de fundamentación del recurso de nulidad y casación, es falso, porque la Sentencia Nacional Agroambiental 44/2013, responde a cada una de las impugnaciones realizadas por los accionantes, con la debida fundamentación y los suficientes argumentos jurídicos, que desvirtúan sus peticiones.