Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1319/2014
Fecha: 30-Jun-2014
II.4.
II.4. Alegando el incumplimiento de la conminatoria de reincorporación laboral, Juan Carlos Ortiz Menchaca, Javier Sanabria Aracena y Julio Franco Michel Rodríguez, por memorial de 24 de junio de 2013, presentaron acción de amparo constitucional, misma que fue conocida por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, cuyos titulares mediante Resolución 09/2013 de 3 de julio, denegaron la concesión de tutela, con el argumento de que la petición de reincorporación, solicitada en la vía administrativa laboral, debió ser dirigida contra el Presidente Ejecutivo a.i. de YPFB, Carlos Villegas Quiroga (fs. 104 a 114 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la cosa juzgada constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR