SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLRUINACIONAL 1478/2014
Fecha: 16-Jul-2014
REVOCAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, de conformidad con el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, en revisión resuelve: REVOCAR la Resolución 01/2014 de 3 de enero, cursante de fs. 77 vta. a 80 vta., pronunciada por el Juez Tercero de Sentencia Penal del departamento de Cochabamba; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada únicamente respecto al debido proceso en sus elementos de valoración probatoria y debida fundamentación, debiendo las demandadas emitir nueva resolución debidamente fundamentada y motivada respecto a la acreditación de actividad lícita, dentro de los marcos jurisprudenciales establecidos en la Presente Sentencia Constitucional Plurinacional y en base a los principios de razonabilidad y favorabilidad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Karem Lorena Gallardo Sejas y Nuria Gisela González, Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba,
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- indebidamente procesada
- a)
- ilegalmente perseguida, procesada o privada de su libertad personal
- III.2. Respecto al deber de fundamentación y motivación de las resoluciones que impongan, modifiquen o rechacen medidas cautelares y aquellas que se pronuncien en apelación
- III.3. Contenido esencial de la resolución emitida por el Tribunal de apelación
- III.4.
- III.5.
- b)
- confirmó parcialmente
- REVOCAR