SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1351/2014
Fecha: 07-Jul-2014
Fragmento 11
El accionante señala que el 20 de noviembre de 2013, interpuso acción de libertad contra de los Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia Penal de Achacachi del departamento de La Paz, el cual una vez sorteado fue remitido ante la Jueza ahora demandada, autoridad que emitió la Resolución 036/2013, por la cual declinó competencia, sin resolver la acción de libertad interpuesta, por lo cual la referida autoridad demandada mediante un procesamiento indebido, estaría dilatando la consideración de la acción tutelar interpuesta, la cual estaría plenamente relacionada con su libertad, y cualquier demora injustificada en el cumplimiento de plazos torna ilegal la privación de libertad del accionante.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- Fragmento 4
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 7
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y ámbito de protección de la acción de libertad: Presupuestos de activación
- las acciones constitucionales no son el medio o la vía idónea para pedir el cumplimiento de las resoluciones dictadas dentro de las acciones tutelares
- tampoco es posible cuestionar el procedimiento aplicado en el desarrollo de una acción tutelar a través de otra, ello significa ir contra la naturaleza jurídica de la acción de libertad es este caso; y por tanto, dicha pretensión no puede estar dentro de los alcances de su tutela.
- Fragmento 11
- III.3. Análisis del caso en concreto
- CONFIRMAR