SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1351/2014
Fecha: 07-Jul-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración del derecho a la “celeridad”, a la libertad y al “procesamiento indebido”; toda vez que se interpuso acción de libertad contra los Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia Penal de Achacachi, el cual fue sorteado al Juzgado Cuarto de Sentencia Penal del departamento de La Paz, que mereció la Resolución 036/2013 de declinatoria de competencia, sin realizar el trámite de la acción de libertad; por lo que la autoridad ahora demandada mediante un procesamiento indebido, está dilatando la consideración de su acción de libertad, la cual está plenamente relacionada con su libertad y cualquier demora injustificada en el cumplimiento de plazos torna ilegal la privación de libertad.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- Fragmento 4
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 7
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y ámbito de protección de la acción de libertad: Presupuestos de activación
- las acciones constitucionales no son el medio o la vía idónea para pedir el cumplimiento de las resoluciones dictadas dentro de las acciones tutelares
- tampoco es posible cuestionar el procedimiento aplicado en el desarrollo de una acción tutelar a través de otra, ello significa ir contra la naturaleza jurídica de la acción de libertad es este caso; y por tanto, dicha pretensión no puede estar dentro de los alcances de su tutela.
- Fragmento 11
- III.3. Análisis del caso en concreto
- CONFIRMAR