SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1417/2014
Fecha: 07-Jul-2014
II.3.
II.3. El certificado de 13 de enero de 2014, expedido por el Médico Psiquiatra Carlos Jiménez Viruez, establece la internación de urgencia de Sergio David Picolomini Palomeque en el Hospital de Psiquiatría de la CNS, con diagnóstico “esquizofrenia paranoide”, por su cuadro mental, al estar alucinado, con ideas delirantes de daño y perjuicio, conducta muy desorganizada, relacionada a incumplimiento terapéutico. Recomendando que su internación es necesaria para reiniciar su tratamiento hasta lograr su compensación en su cuadro mental (fs. 81); diagnóstico que ha subsistido, con alucinaciones y delirios auditivos controlados con medicamento, desorganizado y catatónico, ansiedad, retraimiento y tendencia a discutir, según informe de resultado del estudio psicológico emitido por Lidia Claudia Zilvetti Infante, Psicóloga Clínica, de 30 de julio de 2011 (fs. 5 a 14). El certificado de Freddy Torrejón Rocabado, Médico Forense del departamento de La Paz, de 7 de febrero de 2012, recomienda su internación urgente en el Psiquiátrico de la CNS o el Centro Psiquiátrico del Hospital “San Juan de Dios”, para que el cuadro no se convierte en irreversible (fs. 16).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- conceder
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- Resolución 99/2012 de 15 de febrero
- vida está en peligro
- III.2. De la activación directa de la acción de libertad por lesión al derecho a la vida y salud
- su ejercicio no puede ser obstaculizado por procedimientos burocráticos ni sujeto a recursos previos
- sólo
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR