Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1425/2014
Fecha: 07-Jul-2014
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante ratificó íntegramente el contenido de su demanda y reiteró su petición de ordenar el cumplimiento de la conminatoria. En réplica, a través de su abogado, indicó que si bien “…tuvo trabajo en YPFB, éste fue debido a que por el tiempo transcurrido y por la necesidad de trabajar, se presentó a un contrato de servicios por productos (…) no existiendo dependencia…” (sic); por lo que, solicita su reincorporación a su fuente laboral de la cual fue despedido intempestivamente.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- cuando la Jefatura del trabajo extendió la conminatoria de reincorporación JDT/CBBA/GMM/005/2012 de fecha 31 de mayo de 2012, el mismo día (31 de mayo de 2012) el accionante HARRY ERICH SALAZAR NAVIA se presentó a trabajar a su nuevo empleo en Y
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la improcedencia de la acción de amparo constitucional por inmediatez y de la conminatoria de reincorporación laboral
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR