Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1425/2014
Fecha: 07-Jul-2014
II.2.
II.2. El 3 de julio de 2012, la Jefatura Departamental de Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social notificó a SEMAPA con la conminatoria JDT/CBBA/GMM/005/2012 de 31 de mayo, por la cual se exige reincorporar inmediatamente a Harry Erich Salazar Navia al puesto laboral que ocupaba (fs. 4).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- cuando la Jefatura del trabajo extendió la conminatoria de reincorporación JDT/CBBA/GMM/005/2012 de fecha 31 de mayo de 2012, el mismo día (31 de mayo de 2012) el accionante HARRY ERICH SALAZAR NAVIA se presentó a trabajar a su nuevo empleo en Y
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la improcedencia de la acción de amparo constitucional por inmediatez y de la conminatoria de reincorporación laboral
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR