Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1551/2014
Fecha: 01-Ago-2014
II.6.
II.6. Mediante memorial de 30 de diciembre de ese año, el ahora accionante, solicitó “pronunciamiento a Recurso Jerárquico”; ya que, según el Reglamento de Régimen Disciplinario para la Unidades Académicas de Pregrado de la UNIPOL, este recurso debía ser resuelto en un plazo no mayor a diez días hábiles contados desde el día siguiente de presentado el mismo (fs. 41 vta).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La subsidiariedad en las acciones de amparo constitucional
- b)
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo