Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1577/2014
Fecha: 11-Ago-2014
II.6.
II.6. Por Auto de Vista 56 de 22 de marzo de 2013, los Vocales demandados, declararon admisible y procedente la apelación incidental formulada por Alfredo León Caballero y en consecuencia deliberando en el fondo revocaron el auto apelado dictado por la Jueza de Partido y Sentencia Penal de Cotoca, disponiendo la continuación del proceso penal, conforme a derecho (fs. 180 a 183).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención de tercero interesado
- concedió
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Prescripción de la acción en materia penal
- III.3. Caracterización de los delitos de estafa y estelionato
- III.4. Análisis en el caso concreto
- concedido
- CONFIRMAR en todo