Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1577/2014
Fecha: 11-Ago-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, alega la lesión de sus derechos a la defensa, a la seguridad jurídica, al principio de legalidad y la garantía del debido proceso puesto que el Auto de Vista 56 de 22 de marzo de 2013, emitido por los Vocales demandados, es ilegal y comete omisiones indebidas, hace una interpretación errónea y equivocada de lo que dispone el art. 30 del CPP, llegando a modificar lo que establece la doctrina del delito instantáneo, confundiendo con el delito permanente, vulnerando de esta manera los arts. 115.I y II, 117 y 128 de la CPE.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención de tercero interesado
- concedió
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Prescripción de la acción en materia penal
- III.3. Caracterización de los delitos de estafa y estelionato
- III.4. Análisis en el caso concreto
- concedido
- CONFIRMAR en todo