Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1637/2014
Fecha: 21-Ago-2014
II.1.
II.1. Por Auto de 12 de noviembre de 2013, el Juez Cuarto de Instrucción de Familia del departamento de La Paz, dispuso expedir mandamiento de apremio contra el ahora accionante hasta que cancele el monto adeudado, señalando en la parte final: “…encomendándose su ejecución y cumplimiento a cualquier autoridad hábil no impedida del Departamento de La Paz, debiendo el demandado y obligado ser conducido a la Penitenciaría Distrital de San Pedro de la ciudad de La Paz (…) sea con las formalidades de ley debiendo notificarse del monto adeudado al obligado con el presente auto por cedula en su domicilio real” (sic) (fs. 1).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El apremio emergente en procesos de asistencia familiar
- éste tiene la carga procesal de mantener actualizado su domicilio y toda vez que la obligación de asistencia familiar
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR