SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1651/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1651/2014

Fecha: 29-Ago-2014

III.5.  Análisis del caso concreto

           En el caso objeto de análisis, el representante manifiesta, que la persona demandada el 5 de diciembre de 2013, aprovechando el estado de vejez y vulnerabilidad de su progenitora -ahora accionante-, procedió a trasladarla a su domicilio, reteniéndola y privándola de su libertad, negándole el derecho de comunicarse con sus hijos y cualquier contacto con el exterior, aspecto que pone en peligro inminente la salud y la vida de la representada.

           Ahora bien, se constata por un lado, que los derechos considerados lesionados como la libertad, y en el caso particular la vida cuyo riesgo inminente ha sido manifestado por el representante, sí encuentran tutela a través de esta acción de defensa, y conforme a lo desarrollado en el Fundamento Jurídico III.3 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional, se determina que, si el bien jurídico amenazado resulta ser el derecho a la vida, el control tutelar de constitucionalidad se activa de manera directa. De ahí, que por la relevancia del derecho vulnerado, es posible evadir mecanismos intraprocesales para alcanzar su protección.

           A su vez, de la jurisprudencia constitucional desarrollada en los Fundamentos Jurídicos III.1 y III.2 del presente fallo, se colige que la garantía procede contra cualquier persona particular que amenace, restrinja o suprima los derechos tutelados, brindando, si se evidencia la vulneración, la tutela para el restablecimiento inmediato y efectivo de los mismos. Consecuentemente, se advierte que el caso de análisis, se encuentra dentro de las previsiones establecidas para su activación.