SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1677/2014
Fecha: 29-Ago-2014
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido contra José Luís Cárdenas Salazar y otro, por la presunta comisión del delito de estafa, en la audiencia de medidas cautelares realizada el 26 de septiembre de 2013, se le impuso medidas sustitutivas a la detención preventiva, entre otras, detención domiciliaria, resolución contra la que planteó apelación incidental tanto la parte querellante como el ahora accionante el 27 del mismo mes y año, cuyos antecedentes al no ser remitidos al Tribunal de alzada, motivó que interponga acción de libertad el 9 de octubre de 2013, alegando dilación en la remisión del recurso al citado Tribunal ad quem aludiendo que el Juez de la causa dictó una providencia en sentido de haber perdido competencia ser notificada con la resolución que autorizaba la conversión de la acción penal solicitada por la parte querellante, acción constitucional que le fue concedida (fs. 3 a 4 y 7 a 8 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1.
- Fragmento 10
- III.2. Sobre la cosa juzgada constitucional
- III.3. Competencia de los tribunales de apelación de medidas cautelares de carácter personal
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.3.1.
- III.3.2. Actuación de los Vocales de las Salas Penales Primera y Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz