Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1683/2014
Fecha: 29-Ago-2014
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente
Los representantes de la menor denuncian que lesionaron el derecho a la libertad de la menor AA, así como también de su integridad física, psíquica y moral, preservación de su imagen y dignidad de niña; citando al efecto los arts. 22, 23 y 125 al 127 de la Constitución Política del Estado (CPE), 101, 105, 106, 107, 108 y 109 del Código Niño, Niña y Adolescente (CNNA).
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- Es deber del Estado, la sociedad y la familia garantizar la prioridad del interés superior de la niña, niño y adolescente, que comprende la preeminencia de sus derechos, la primacía en recibir protección y socorro en cualquier circunstancia, la prioridad en la atención de los servicios públicos y privados, y el acceso a una administración de justicia pronta, oportuna y con asistencia de personal especializado'”
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