SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1683/2014
Fecha: 29-Ago-2014
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido por la supuesta comisión de los delitos de Trata y Tráfico de personas, mediante memorial presentado el 30 de septiembre de 2013, Ximena Narváez Rivero, Fiscal de Materia de la División Trata y Tráfico de Personas, -ahora codemandada- con el objeto de proceder a la búsqueda de indicios materiales y documentales; así como para proceder con la recuperación de la víctima, solicitó a Armando Navia Rojas, Juez Tercero de Instrucción en lo Penal del departamento de Cochabamba -ahora demandado- orden de allanamiento en el domicilio de los imputados Lizeth Marcia Torrico Foronda y Ariel Augusto Román Beltrán -ahora codemandados-, solicitud que fue rechazada por la Autoridad judicial mediante Auto de 16 de octubre de 2013, con el siguiente argumento: “…la solicitud formulada por la Representante del Ministerio Público se puede establecer que a la solicitud de la autoridad fiscal con relación a poder rescatar a la menor (…) a efectos de proceder a devolver a su núcleo familiar se debe dejar establecido que el suscrito Juez no es competente para disponer dicha recuperación en base a una solicitud de allanamiento…
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- Es deber del Estado, la sociedad y la familia garantizar la prioridad del interés superior de la niña, niño y adolescente, que comprende la preeminencia de sus derechos, la primacía en recibir protección y socorro en cualquier circunstancia, la prioridad en la atención de los servicios públicos y privados, y el acceso a una administración de justicia pronta, oportuna y con asistencia de personal especializado'”
- 3°