Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1691/2014
Fecha: 29-Ago-2014
II.2.
II.2. Por memorial de 17 de octubre de 2013, el accionante solicitó, al Fiscal de Materia, salida alternativa de procedimiento abreviado, por el ilícito de tentativa de robo agravado (fs. 37 y vta.). Asimismo, cursa informe de antecedentes penales emitido por el Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP), en el que se evidencia que Omar Ramallo Mandoza registra otros antecedentes penales (fs. 35).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La exigencia de fundamentación de las resoluciones
- III.2.Del procedimiento abreviado
- el 374 del mismo cuerpo legal le faculta a la autoridad judicial, a comprobar la existencia o realización de determinados actos procesales y el cumplimiento de los requisitos exigidos por ley al determinar que 'En audiencia oral el juez escuchará al fiscal, al imputado, a la víctima o al querellante, previa comprobación de:
- III.3.Análisis del caso concreto
- a)
- la condena no podrá superar la pena requerida por el fiscal
- CONFIRMAR