AUTO CONSTITUCIONAL 0334/2014-CA
Fecha: 17-Sep-2014
I.2. Respuesta a la acción
Corrida en traslado la acción de inconstitucionalidad concreta, por decreto de 5 de septiembre de 2014 (fs. 59); mediante memorial presentado el 11 de igual mes y año, cursante de fs. 61 a 63, Humberto Sánchez Sánchez, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Sacaba, respondió a la acción planteada, argumentando que al haberse aprobado el Reglamento Específico de Homologación de la Norma Municipal que Aprueba la Delimitación del Radio o Área Urbana, el municipio de Sacaba realizó la delimitación de acuerdo a los datos históricos y documentales, el cual mereció observación, señalando que la delimitación debía efectuarse de acuerdo a la cartografía emitida por la ex Comisión Interministerial de Límites (Ex -COMLIT); observaciones que fueron corregidas, habiendo dejado una superficie de 68,3300 has, siendo esa superficie reconocida como área de conflicto para posterior inclusión de acuerdo a lo señalado en la RM 152 y proceder a la homologación del documento de delimitación de radio o área urbana de Sacaba mediante la RS 11661, por haber cumplido todos los requisitos del Reglamento Específico aludido. Por lo que, queda evidente que para la delimitación de los radios y áreas urbanas, se basaron estrictamente en la cartografía del “Ex -COMLIT”; por lo cual, mereció el informe de aprobación y fue emitida la Resolución Suprema y no como señala el Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, que manifiesta que no se habría respetado la cartografía mencionada.
- Ministra de Planificación del Desarrollo
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
- Tienen legitimación activa para interponer Acción de Inconstitucionalidad Concreta, la Jueza, Juez, Tribunal o Autoridad Administrativa que, de oficio o a instancia de una de las partes,
- En las acciones de inconstitucionalidad, la identificación de la disposición legal y las normas impugnadas, así como las normas constitucionales que se consideren infringidas, formulando con claridad los motivos por los que la norma impugnada es contraria a la Constitución Política del Estado
- Tienen
- APROBAR