SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1717/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1717/2014

Fecha: 01-Sep-2014

denegó

La Jueza Cuarta de Partido, de Sentencia Penal y Liquidadora de El Alto del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 01/2014 de 12 de febrero, cursante de fs. 155 a 161, denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: 1) Se evidencia que el 6 de febrero de 2014, Juana Terrazas de Mamani, presentó memorial pidiendo control jurisdiccional a fin de que la Fiscal de Materia deje sin efecto el mandamiento de aprehensión dispuesto en su contra, y cursa decreto de 7 de febrero del mismo año, donde (la Jueza demandada) señala no haber emitido dicha orden de aprehensión, y se notifique a la Fiscal asignada al caso para que informe en el día. Siendo evidente que no cursa diligencia de notificación con esta providencia como tampoco otra observación por la parte accionante con relación a esta providencia, por lo que no se agotó la vía ordinaria a efectos de hacer prevalecer los derechos y garantías que considera se estuvieren vulnerando por parte de la representante del Ministerio Público y el investigador al caso, más aún cuando en el memorial referido, no se exponen los argumentos señalados en la presente acción de libertad; 2) Si bien cursan memoriales presentados por Julio Videl Mamani Terrazas, el 28 de enero y 5 de febrero de 2014, estos no manifiestan que los mismos se estén presentando a nombre de la ahora accionante, por lo que no puede considerarse que se agotó el reclamo en la vía ordinaria respecto a Juana Terrazas de Mamani; y, 3) Teniendo en cuenta que la acción de libertad está reglada por el principio de subsidiariedad, de acuerdo a lo expuesto, no existen circunstancias de excepcionalidad que den lugar a ingresar a analizar el fondo de la acción, conforme las SSCC 1865/2004-R de 1 de septiembre, y 0992/2011-R de 22 de junio.