SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1769/2014
Fecha: 15-Sep-2014
II.4.
II.4. Asimismo, en audiencia se recibió las declaraciones de cargo de Francisco Chávez, quien indicó que fue a buscar al accionante el domingo, a medio día, para recoger unos marcos encomendados pero estaba con candado y el lunes no había nada, por lo que no pudo recoger los trabajos; así fue a casa del accionante para reclamarle indicando que: “…no me dejan entrar a la casa eso me dijo” (sic), al contrainterrogatorio señaló que: el taller del accionante está ubicado en la calle “7” de Noviembre esquina Heroínas; asimismo mencionó que fue el domingo a mediodía y no había nadie al igual que el día de la audiencia tutelar en la mañana; por otra parte indica que no vio a la demandada sino a otras señoras que estaban sentadas; y, que el candado era de color amarillo (fs. 20 y vta.). Atilio Fernández Olguín indicó que: “…el día de ayer fue por la mañana (…) toque dos veces nadie me atendía la puerta (…) salió doña Hilda desde el sábado le cerro el taller y no tiene que entrar más y está bien gracias me fui” (sic); absolviendo las preguntas de la demandada, ratificó que ésta le dijo que desde el sábado el accionante no estaba trabajando debido a que ella le cerro el taller ya que le debía del alquiler (fs. 20 vta. a 21vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. La protección directa e inmediata de los derechos del inquilino ante las medidas de hecho ejecutadas por los dueños o propietarios del inmueble
- III.2. Análisis del caso concreto
- estaba esperando aca para que se abra la puerta
- CONFIRMAR