Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1770/2014
Fecha: 15-Sep-2014
II.3.
II.3. Solicitud de 2 de diciembre de 2013, por la cual el accionante pide al Presidente del Concejo Municipal de Mairana, que con la finalidad de coordinar y ver el beneficio real que tendrá el proyecto “Mi Agua III”, fije día y hora para sostener una reunión con todo el referido Concejo, en la cual se hará conocer las desventajas que causaría dicho proyecto (fs. 4).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.7.
- II.8.
- III.1.
- III.3.1. Sobre las notas remitidas al Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Mairana
- tercera vez
- III.3.2. Sobre las notas remitidas al Presidente del Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Mairana
- Fragmento 16
- CONFIRMAR