Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1791/2014
Fecha: 19-Sep-2014
II.2.
II.2. Por memoriales de 23 de agosto y 3 de septiembre, ambos de 2013, Ángel Colque Ignacio -ahora accionante- a través de su representante, pidió el cumplimiento inmediato de la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 1080/2013, al Administrador de la Aduana Zona Franca Warnes y al Gerente Regional de la Aduana Santa Cruz (fs. 13 a 14 y 15).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- “improcedencia”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Acción de amparo constitucional, vía inidónea para el cumplimiento de resoluciones judiciales, fiscales y administrativas. Jurisprudencia reiterada.
- puesto que la finalidad de esta acción de defensa es la tutela de derechos fundamentales, no pudiendo este Tribunal invadir jurisdicciones o competencias con la finalidad de ejecutar resoluciones, cuando en rigor de legalidad y seguridad jurídica, las autoridades tienen los medios que la misma norma les otorga, en muchos casos no solo conminatorios sino hasta coercitivos.
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR