Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1846/2014
Fecha: 25-Sep-2014
II.2.1.
II.2.1. Por Resolución del recurso de alzada ARIT-SCZ/RA 0020/2013 de 11 de enero, la Directora Ejecutiva a.i. de la ARIT Santa Cruz, resolvió anular la referida nota disponiendo que la Administración Aduanera, regularizando procedimiento se pronuncie “…sobre la solicitud efectuada mediante Nota Cite LASCZ/574/2012 de 3 de mayo de 2012 y exponga los fundamentos de hecho y legales para la improcedencia o no de la devolución de la Boleta de Garantía, de acuerdo a los fundamentos técnicos-jurídicos que anteceden y conforme al art. 212 inc. c) de la Ley 3092 (Título V del CTB)” (sic) (fs. 75 a 82).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 5
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.1.
- I.2.2.
- II.2.3.
- II.2.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- b) cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico;
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR