SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1877/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1877/2014

Fecha: 25-Sep-2014

1)

El accionante a través de su representante ratificó y reiteró los fundamentos expuestos en la demanda y acotó: 1) La amplia jurisprudencia constitucional; señala que, cuando la autoridad administrativa no da cumplimiento al fallo emitido por la Autoridad General de Impugnación Tributaria, procede la acción de amparo constitucional; ya que, no existe otra vía o mecanismo legal para que como contribuyente pueda hacer prevalecer sus derechos; 2) De acuerdo al art. 199 del CTB, con la Resolución del Recurso jerárquico se agota la vía administrativa; 3) La interposición del proceso contencioso-administrativo, que señala el ahora demandado, no inhibe la ejecución de la Resolución dictada en el recurso jerárquico, salvo que exista una solicitud expresa de suspensión formulada por la autoridad tributaria, hecho que no se dio; y, 4) El incumplimiento de lo resuelto en el recurso jerárquico, por parte del Gerente de GRACO Santa Cruz, viola los derechos al debido proceso, a una justicia pronta y oportuna sin dilaciones; de tal manera, la única salida que tuvieron, fue interponer la presente acción.

De igual forma, haciendo uso del derecho a la dúplica, el abogado de la parte demandada expresó que: 1) Está claro, que se encuentran en igualdad de derechos y oportunidades; es así, que recurrirían a la vía contenciosa-administrativa; dado que se quiere hacer ejecutar una Resolución de recurso jerárquico que no es firme y que la administración tributaria no estaría de acuerdo; y, 2) Se estaría dando la indefensión de la administración tributaria; independientemente del monto en disputa, el concepto es lo que interesa, el actuar del contribuyente respecto a lo que está reclamando.