SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1877/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1877/2014

Fecha: 25-Sep-2014

i)

Haciendo uso del derecho a la réplica manifestó: i) Los arts. 131 y 199 del CTB, establecen de manera clara, que la Resolución del recurso jerárquico pone fin a la instancia administrativa; ii) Tanto la Resolución del recurso de alzada como del jerárquico establecieron que debía devolverse a la empresa IOL S.A., un monto de dinero, el cual, fue negado con el argumento del proceso contencioso-administrativo, mismo que no tiene sostenibilidad; iii) Resulta inadecuado explicar que la negativa de devolver el monto adeudado a la ahora accionante, sería un acto de mero trámite, cuando se estaría coartando los derechos reclamados, consolidando su vulneración; iv) Dentro del debido proceso está el elemento de la seguridad jurídica que da certeza del cumplimiento de los fallos; y, v) Existe jurisprudencia constitucional, por la que, tanto en el recurso de alzada como en el jerárquico la Resolución es favorable al contribuyente, entonces éste, solicitó a la administración tributaria que dé cumplimiento a la Resolución, pero la respuesta fue que no se podía dar curso, porque al presentar una demanda contencioso-administrativa, carecía de competencia para hacer cumplir la Resolución, argumento insostenible; pues de conformidad al art. 131 del CTB, la interposición del proceso contencioso-administrativo no inhibe la ejecución de la Resolución dictada dentro el recurso jerárquico.