SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1926/2014
Fecha: 25-Sep-2014
II.2.
II.2. Tramitada la acción de nulidad absoluta referida, con la respuesta del demandado, así como con la réplica y dúplica correspondiente, la Sala Primera del Tribunal Agroambiental conformada por las autoridades ahora demandadas, a través de la Sentencia Agroambiental Nacional S 1ª 38/2013, declaró probada la demanda de nulidad interpuesta, disponiendo en consecuencia la nulidad de los títulos ejecutoriales impugnados, argumentando que en el proceso de saneamiento no se cumplió con la previsión contenida en el “art. 216” sic.; asimismo, en lo que respecta a la función social de la propiedad, no se cumplieron con las pericias de campo conforme se evidencia en las fichas catastrales (fs. 14 a 35 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. La valoración de la prueba, potestad conferida a la jurisdicción ordinaria
- III.3. La interpretación de la legalidad ordinaria, facultad privativa de la jurisdicción ordinaria
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- CONFIRMAR