SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1940/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1940/2014

Fecha: 25-Sep-2014

a)

Margot Pérez Montaño, Jueza Cuarta de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, presentó informe escrito cursante a fs. 10 y vta., manifestando lo siguiente: a) El 24 de febrero de 2014, se remitió el proceso seguido por el Ministerio Público contra los accionantes por su similar Quinto de El Alto, siendo el Juzgado de origen el Juzgado Tercero de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz y al existir una recusación, tendría que conocer el proceso el siguiente en número; b) A mérito del requerimiento Fiscal, señaló audiencia de criterio de oportunidad reglada, para el mismo 24 de febrero del mismo año, a horas 17:30, al tratarse de un proceso con aprehendidos; c) Momentos antes de instalar la citada audiencia, la víctima del hecho presentó recusación contra su autoridad, al amparo del art. 316.1) y 6) del Código de Procedimiento Penal (CPP); como consecuencia de ello, pronunció Resolución 86/2014, por la cual no se allanó a la recusación y determinó que el proceso pase a conocimiento del Juzgado siguiente en número, a efectos del control jurisdiccional; y, d) Los accionantes no solicitaron a ese despacho judicial la aplicación del art. 228 del CPP, que erróneamente piden que se aplique.