SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1940/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1940/2014

Fecha: 25-Sep-2014

III.3. Análisis del caso concreto

Los accionantes a través de su representante, denuncian la vulneración de los derechos a la libertad de locomoción, al debido proceso y al principio de celeridad, debido a que la Jueza demandada, una vez que tuvo conocimiento del proceso penal seguido contra ambos, ante la recusación presentada en su contra, remitió el cuaderno de control jurisdiccional ante su similar Sexto; sin embargo, debió disponer su inmediata libertad, expidiendo los correspondientes mandamientos de libertad y posteriormente señalar audiencia para considerar el criterio de oportunidad reglada solicitada por el Fiscal de Materia, tomando en cuenta que se encontraban aprehendidos por más de setenta y dos horas en celdas judiciales.

De la revisión de los antecedentes que fueron remitidos a este Tribunal, se ha establecido que el 21 de febrero de 2014, el Fiscal de Materia informó a la autoridad jurisdiccional, el inicio de investigación; asimismo presentó imputación formal contra Roberto Daniel Torrico Mejía y Ana Dennise Mealla Delgado, por la presunta comisión de los delitos de resistencia a la autoridad e impedir o estorbar el ejercicio de funciones, previsto y sancionado por los arts. 159 y 161 del CP; alternativamente, solicitó la aplicación del criterio de oportunidad reglada, de conformidad al art. 301.4) del CPP, y requirió el señalamiento de día y hora de audiencia para su consideración; en esa virtud, la Jueza Cuarta de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, una vez que asumió el conocimiento de la presente causa, señaló audiencia para considerar la aplicación del criterio de oportunidad reglada, para el 24 del mismo mes y año, a horas 17:30.