AUTO CONSTITUCIONAL 0009/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0009/2015-RCA

Fecha: 14-Ene-2015

ALGUNA DE LAS SALAS

Añade que, no existe justificativo para que el trámite de la acción de libertad se haya tramitado en la ciudad de la Santísima Trinidad, cuando existen dos jueces de sentencia en Riberalta, indicando que a falta de ellos se encuentra el de Guayaramerin, y si ninguno de ellos pudiera atender la causa lo haría “…ALGUNA DE LAS SALAS del Tribunal Superior de Justicia…” (sic) porque el único objetivo para que se lleve a cabo ante el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal del departamento de Beni es el de beneficiar al imputado y otorgarle la libertad de manera arbitraria e ilegal.