DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2015

Fecha: 16-Ene-2015

“ARTÍCULO 35. (PÉRDIDA DE MANDATO).-

Las y los asambleístas departamentales pierden su mandato por fallecimiento, renuncia, revocatoria, sentencia condenatoria ejecutoriada en causas penales o abandono injustificado de sus funciones por más de seis días de trabajo continuos y once discontinuos en el año calificados, de acuerdo a lo establecido en su Reglamento Específico”.