DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2015
Fecha: 16-Ene-2015
Pedro Vela Condori
Por memorial presentado el 13 de noviembre de 2014, Pedro Vela Condori, actual presidente del órgano deliberante del gobierno autónomo departamental de Chuquisaca, remite el proyecto de estatuto autonómico de ese gobierno departamental, conteniendo adecuaciones y modificaciones a doce previsiones normativas declaradas incompatibles con principios, fines, valores y/o preceptos de la Constitución Política del Estado, conforme a los fundamentos jurídicos contenidos en la DCP 0039/2014 de 28 de julio (fs. 944 a 976); solicitando que en apego a lo dispuesto por el art. 120.I del Código de Procedimiento Constitucional (CPCo), este Tribunal declare la constitucionalidad de todo el proyecto de estatuto autonómico al guardar concordancia con la Norma Suprema; para cuyo fin, acompaña fotocopia legalizada del acta de sesión ordinaria 060/2014 de 23 de octubre, suscrita por la asamblea legislativa departamental de Chuquisaca, convocada para el tratamiento en grande y en detalle de las modificaciones y adecuaciones realizadas al citado proyecto, contenidas en el informe 001/2014 de 5 de septiembre, emitido por la Comisión de Autonomías de dicho órgano y la Resolución de la asamblea legislativa departamental de Chuquisaca 204/2014 de 11 de noviembre, que con el voto conforme de más de 2/3 del total de sus miembros, aprueba las mencionadas adecuaciones, de acuerdo a los fundamentos jurídico-constitucionales desarrollados en la prenombrada DCP 0039/2014.
- Pedro Vela Condori
- i)
- “ARTÍCULO 35. (PÉRDIDA DE MANDATO).-
- 16.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- compatibilidad
- por más de seis días de trabajo continuos y once discontinuos en el año, calificados
- compatible
- 20.
- : “representantes en los directorios y síndicos de las entidades y/o empresas públicas y mixtas, en que tenga participación accionaria el Gobierno Autónomo Departamental; así como a las autoridades de las entidades descentralizadas, desconcentradas y autárquicas del departamento”
- b.
- 1°
- 3°
- 4° Disponer